Cierre Contable y Fiscal

Llegan las prisas.

Impuesto de Sociedades (2008): análisis práctico y utilidades.

En esta entrada presentamos  las cuestiones, en torno al Impuesto de Sociedades, que consideramos que pueden ser de utilidad para la liquidación del ejercicio 2008. Se recogen aspectos generales, prácticos y normativos:  desde el devengo y los tipos de gravamen aplicables, deducciones fiscales, ajustes, manual práctico y los modelos oficiales de declaración. Con el propósito de optimizar la búsqueda del contenido hemos estabecido diferentes epígrafes o categorías para agrupar los contenidos comunes y afines. 

 

Escenario fiscal.

Cuestiones generales.

Plan General de Contabilidad e Impuesto de Sociedades.

Modelos de la declaración del Impuesto de Sociedades.

Presentación del Impuesto de Sociedades.

Análisis práctico.

Incentivos fiscales en el Impuesto de Sociedades.

Utilidades.

Normativa (AEAT).

Resulta evidente que en esta relación de entradas, publicadas en los  blog que edita Antonio Esteban, no se contemplan todos los aspectos de la declaración del Impuesto de Sociedades. Hay que considerar que la aprobación de los modelos definitivos (200, 220 y 206) se ha publicado en el BOE con fecha 30/05/09. Es cierto que el 2º borrador del modelo 200 que disponemos desde hace tiempo no varía, apenas, en los aspectos relevantes del impuesto. No obstante, en las próximas semanas seguiremos publicando situaciones que puedan facilitar y optimizar la declaración del impuesto. 

Imagen: openphoto

01/06/2009 Posted by | 1ª Aplicación del P.G.C., Ajustes 1ª aplicación PGC, Balance, Cierre fiscal, Declaración Impuesto Sociedades, diferencias temporarias, Efectos fiscales PGC, Empresas reducida dimensión, Estado de Cambios en el Patrimonio Neto (ECPN), Gastos 2008, Impuesto de Sociedades, Impuesto sobre beneficios, Ingresos 2008, Modelo 200, Tipos gravamen | , , , , , , , , , , , | 1 comentario

La presentación telemática de la declaración del Impuesto de Sociedades (modelo 200).

La declaración del Impuesto de Sociedades, correspondiente al ejercicio 2008, en el nuevo modelo 200 se podrá realizar:

  • Presentación telemática (obligatoria): Para las entidades que tengan la forma jurídica de SA o SL (NIFs que empiecen por las letras “A” ó “B” ), así como para los sujetos pasivos que se califiquen como grandes empresas (adscritos a la Delegación Central de Grandes Contribuyentes o a las Unidades De Gestión de Grandes Empresas). 
  • Presentación en papel, el modelo se puede presentar: en el modelo preimpreso distribuido por el Colegio de Huérfanos de Hacienda utilizando el sobre de envío que figura en el Anexo IV de la Orden HAC/1163/2004, de14 de abril, o una declaración ajustada a los contenidos del modelo 200 que se genere exclusivamente mediante la utilización del servicio de impresión desarrollado a estos efectos por la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

mayo25.9

¿ Cuáles son las condiciones para la presentación telemática de la declaración?

Son las siguientes:

  1. El declarante deberá disponer de Número de Identificación Fiscal (N.I.F.). 
  2. El declarante deberá tener instalado en el navegador un certificado electrónico  X.509.V3 expedido por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda, o cualquier otro certificado electrónico admitido por la Agencia Estatal de Administración Tributaria. Si la presentación telemática la realizara una persona o entidad autorizada para presentar declaraciones en representación de terceras personas, será dicha persona o entidad autorizada quien deberá tener instalado en el navegador su certificado electrónico.
  3. Se podrá descargar desde la dirección electrónicade la Agencia Tributaria los programas que permitirán cumplimentar los formularios ajustados al contenido de los modelos aprobados por esta orden que aparecerán en la pantalla del ordenador y, de este modo, obtener el fichero con la declaración a transmitir, o bien transmitir un fichero de las mismas características que el que se genera con la cumplimentación de los citados formularios.
  4. Para realizar la presentación telemática de la declaración el sujeto pasivo, contribuyente o la sociedad dominante o entidad cabecera de grupo podrá realizarlo a través de la Oficina Virtual de la página de la Agencia Tributaria en Internet.

Entradas relacionadas:

Actualización (30/5/09). Modelos oficiales del Impuesto de Sociedades.

Mas información: Agencia Tributaria.

25/05/2009 Posted by | Balance, Cierre fiscal, Declaración Impuesto Sociedades, Impuesto de Sociedades, Impuesto sociedades, Modelo 200 | , , | 2 comentarios