Cuentas Anuales (2008): Modelos para la presentación en el Registro Mercantil.

Los modelos de cuentas anuales aprobados en la Orden JUS/206/2009, que pueden consultarse en el enlace adjunto, recogen la estructura y contenido de los documentos contables que los empresarios deben formular y presentar para su depósito en el Registro Mercantil y a través del que se lleva a cabo la publicidad establecida en nuestra legislación.

Los modelos aprobados tienen una doble modalidad según se utilice:
- para su presentación el tradicional soporte en papel, o
- el más moderno, y acorde a los avances tecnológicos, soporte electrónico que, por otra parte, facilita la presentación por vía telemática.
Para facilitar que las empresas informen sobre los detalles que requiere la memoria de las cuentas anuales, esta Orden Ministerial normaliza buena parte de su contenido, con el fin de que las empresas que lo deseen puedan utilizar los cuadros normalizados que se anexan, si bien no hace obligatorio su uso en el depósito para flexibilizar en lo posible el cumplimiento legal del depósito de cuentas.
Está pendiente la aprobación de modelos para la presentación de las cuentas anuales consolidadas de los grupos que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 43 bis del Código de Comercio, opten por aplicar las normas contables del propio Código, una vez haya sido aprobado el desarrollo reglamentario de éste. Ello no obsta para la inmediata aprobación de aquéllos en que deban formularse las cuentas individuales en su triple modalidad, normal, abreviada, y pequeña y mediana empresa (modelo PYME).
Por otra parte, han de quedar exceptuados de la regla general de la obligatoriedad de los modelos aprobados aquellas entidades que de acuerdo con la normativa singular que les es aplicable deban formular sus cuentas con arreglo a modelos específicos.
Información que se debe presentar en el Registro Mercantil
Deberá presentarse en el Registro Mercantil de la provincia en la que radique su domicilio social:
- Instancia de presentación de las cuentas.
- Hoja de datos generales de identificación.
- Certificación de la aprobación de las cuentas anuales, conteniendo la aplicación de resultados.
- Las cuentas anuales:
- Balance,
- Cuenta de pérdidas y ganancias,
- Estado de cambios en el patrimonio neto,
- Estado de flujos de efectivo y
- Memoria.
- Informe de gestión.
- Informe de auditoría, cuando la sociedad esté obligada a auditarse o si la minoría lo solicitase.
- Certificación acreditativa de que las cuentas depositadas se corresponden con las auditadas.
En próximas entradas analizaremos los detalles necesarios para su correcta cumplimentación, tanto manual como telemática.
Atención:
Actualización de modelos por errores y omisiones en los modelos oficiales: Blog de Antonio Esteban


Pregunta: ¿Qué debe incluirse en los Libros oficiales del ejercicio 2008, para la Legalización de los mismos, antes del 30 de abril de 2009? Para la presentación de las Cuentas Anuales (antes de julio), se presenta la Memoria, Certificado de Medio Ambiente…., pero en la legalización no es obligatorio presentar todo. ¿Me podría decir que tienen que contener como mínimo los libros para la LEGALIZACIÓN?.
Muchas gracias de antemano.
Hola Eva,
Esta tarde publico una entrada en relación con el contenido y detalle de los libros de contabilidad a legalizar en este cierre del ejercicio. Espero responder, con ello, a tus dudas. Si no fuera así, por favor, me lo comunicas.
Saludos.
Hola,
Alquien sabe donde se puede descargar el programa para la preparación de las Cuentas Anuales 2008 en formato electrónico?
Gracias,
Jose
Hola José,
En mi Blog (Blog de Antonio Esteban ) en cuestiones de utilidad hay un enlace (Registradores) que te lleva a la aplicación que necesitas.
En cuanto pueda la colgaré en este blog.
Saludos
Hola Antonio,
Esa aplicación (D2) es la que se utilizaba para elaborar las cuentas en los modelos antiguos, sabes si hay alguna aplicación para preparar las cuentas en los nuevos modelos para 2008?
Muchas gracias,
Jose
Hola José,
La aplicación D2 también se utiliza para el depósito de las cuentas anuales 2008. Para soporte del programa D2 puedes dirigirse al teléfono 902440150.
Saludos
Hola Antonio,
He escrito a Registradores.org y me han contestado lo siguiente:
“Estimado cliente:
El programa que tiene es el de la versión 2.1.4 del año 2006 el cual solo es apto para el plan contable antiguo.
Una vez publicados los modelos oficiales, estamos trabajando en la modificación del programa D2 para adaptarlo a dichos modelos. Esperamos tenerlo disponible para la presentación en formato electrónico en un plazo breve. En cuanto a la presentación telemática, estamos también trabajando en la adaptación del Portal a los nuevos formatos, y esperamos tenerlo también lo antes posible.
En nuestra zona de descargas https://www.registradores.org/registroVirtual/init.do puede descargar los formularios adaptados al nuevo plan contable en formato PDF para su presentación en papel.
No nos consta nueva actualización para el programa con el que se genera los libros, Legalia, siendo este valido para la presentación de libros independientemente del plan contable.
Reciba un cordial saludo”
Un saludo,
Jose
Gracias José por tu aportación. Efectivamente la aplicación D 2 es la aplicable al depósito. Tenía dudas sobre la actualización para el ejercicio 2008, por ello, no la he enlazado en ningún post y sí enlacé ayer el programa legalia para la la legalización de los libros. Gracias de nuevo.
Saludos
Hola
A día de hoy todavía no está preparado el programa D2 para las cuentas del 2008. Por favorsi alguien conoce otra forma de presentarlo aunque sea en papel pero rellenandolo con el ordenador que lo publique aquí y nos ahorramos el tener que estar con la máquina de escribir.
Un saludo
Hola Juan,
La página web de Registradores ofrece el D2 para 2008 (lo tengo actualizado en http://desequilibriosfinancieros.blogspot.com/2009/04/utilidades-del-registro-mercantil.html
En este blog (Cierre contable y fiscal) en la entrada de legalización de libros aparece la actualización.
Otra cuestión es que no esté operativa. Convendría confirmarlo.
Saludos
He descargado la actulizacion del D2, mi pregunta es si tengo que presentar la memoria que integra este programa, o puedo presentar por un lado el impreso de las cuentas en disket, y la memoria en papel. Tambien si da igual presentar la memoria abreviada o pyme, ya que las contabilidades se han realizado para pymes.
Un saludo y gracias
Buenos dias:
Necesitaria, una plantilla o ejemplo de Memoria Abreviada de Pymes, no creo que haya que rellenar todo lo que indican los libros de contabilidad.
Gracias de antemano, mi correo es carlossolercesp52@hotmail.com
Carlos s.
Hola,
En Blog de Antonio Esteban en el apartado de la Memoria tienes distintas plantillas atendiendo a tus necesidades.
Saludos
Antonio Esteban
HOla buenas!!
alguien me pude ayudar a rellenar una instancia para las cuentas anuales? y ke diferencia hay entre la SA y SL
gracias!
Hola buenos días, presenté una carpeta de cuentas anuales en soporte papel y en la certificación de acuerdo de junta, por error se indicó en lugar de administrador solidario, administrador único, calificando el registro este hecho como defecto subsanable.
Se subsanó mediante salvado en la certificación, Ahora el Registro Mercantil de Valencia estima que este no es el procedimiento adecuado y califica como defecto subsanable.
Mi pregunta es:
¿Debería volver a presentar la certificación redactada correctamente y con una nueva legitimación notarial?
¿Cual será la fecha de la certificación?
Muchas gracias por tu amabilidad.
Hola Rafa,
En estos casos siempre recomiendo que la mejor opción es atender las sugerencias del personal del registro correspondiente. En definitiva, son los que tramitan los expedientes. En cualquier caso, en la situación que planteas caben dos opciones, en mi opinión, una la subsanación y la nueva presentación. Si la primera de ellas, subsanación, no ha sido admitida (no comentas el motivo del rechazo) pues no queda otra opción que presentar una nueva certificación. En relación con la fecha, es evidente que, sería deseable respetar la fecha originaria, pero me temo que puede ser complicado. No obstante, consulta con el personal del registro.
Espero que te sea de ayuda. Me gustaría, si es posible, que me comentarás la solución adoptada.
Saludos
Antonio Esteban
Hola Antonio, buenos días. Pues ya tengo solución para consulta que te planteaba.
El motivo del rechazo fue que el procedimiento de salvado (el empleo de tipex para que nos entendamos todos los mortales, para modificar un dato de la certificación, DECÍA “ADMINISTRADOR UNICO” y debía ser ADMNISTRADOR SOLIDARIO) no es el adecuado porque desvirtua la calificación, con lo que la solución es presentar una nueva certificación, firmada en la fecha actual en que se presenta en la notaría para su legitimación pero con todos los datos de la primitiva como debió ser.
Muchas gracias por tu atención.
Hola Rafa, muchas gracias por tu aportación. Parece que la situación requería la nueva certificación.
Saludos
Antonio, una pregunta…
Puedo añadir tu blog como enlace dentro del capítulo de DOCUMENTACIONES Y ENLACES DE INTERES del blog que estoy preparando.
Muchas gracias.
Rafa.
Por supuesto Rafa.
Si me envías el enlace cuando lo tengas listo, le echaré un vistazo.
Saludos